Si acabas de recibir una herencia, es más que probable que te estés preguntando cuánto se lleva hacienda de esa herencia. Y es que recibir una herencia ha dejado de ser gratis. Hoy en día, todas las Comunidades Autónomas han establecido que los herederos deben pagar impuestos.
¿Qué es el impuesto sobre sucesiones?
Es el impuesto que se debe pagar a Hacienda para poder recibir una herencia y que varía muchísimo de una Comunidad Autónoma a otra.
Este impuesto está regulado por la Ley 29/1987, y esto es lo que grava:
–La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.
–La adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico gratuito.
–La percepción de dinero por parte de los beneficiarios de seguros de vida.
¿Quién debe pagar el impuesto?
Deberán pagar el impuesto todas aquellas personas que reciban la herencia. Respecto a la cuantía, no todos pagarán lo mismo, sino que esta dependerá del grado de parentesco con la persona fallecida y de la Comunidad Autonoma en la que residiera el fallecido.
¿Cuánto se debe pagar a Hacienda por recibir una herencia?
Todo dependerá del tipo porcentual, que es progresivo y que depende de la cantidad de dinero a heredar. El mínimo es del 7,65%, en los casos en los que se herede más de 7.000 euros.
El porcentaje más alto que se puede aplicar es del 34% cuando la herencia sea superior a los 800.000 euros.
Sin embargo, este mínimo y máximo dependerá de cada autonomía. Además, aquí también entra en juego el grado de parentesco del heredero con la persona fallecida. Por ejemplo, si son hijos no habrá ningún factor que multiplique el porcentaje. Si, por el contrario, el heredero no tenía ninguna relación con la persona fallecida, el impuesto podría incluso doblarse.
A este respecto podemos encontrar cuatro grupos de relación que pueden contar con deducciones en el impuesto:
- Los herederos descendientes o adoptados menores de 21 años contarán con una deducción de 15.956,87€. A esta cantidad se le pueden sumar 3.990,75€ por cada año que le quede al heredero para cumplir los 21. No obstante, la deducción máxima será de 40.946,96€.
- Los descendientes o adoptados que tengan más de 21 años optarán a una deducción única de 15.956,87€.
- Los familiares de segundo y tercer grado, así como los ascendientes y cónyuges de primer grado, tendrán una disminución de 7.993,46€.
En el caso de seguros de vida, la reducción puede ser del 100%, con un tope de 9.195,49 euros. Además, cuando exista una minusvalía de grado mayor al 33% hay una reducción adicional de 47.859,59, que asciende a 150.253,03 euros en los casos de grados de más del 65%.
Por último, en la transmisión de una empresa o negocio la reducción es del 95% si lo hereda un hijo o el cónyuge, en los casos en los que el negocio se mantenga un máximo de 10 años.
No obstante, volvemos a repetir que todo lo relativo al impuesto de sucesión varía de una Comunidad Autónoma a otra, por lo que siempre debe consultarse cuáles son las condiciones en cada una de ellas.
¿Cuándo se debe pagar el impuesto?
Lo primero que hay que saber en este punto es que los herederos no podrán cobrar la herencia hasta que no paguen el impuesto de sucesión. Este debe pagarse en un plazo de seis meses tras el fallecimiento, aunque la ley establece que se puede prorrogar hasta un año.
La plusvalía municipal
Otro impuesto que debes tener en cuenta cuando recibas una herencia es la plusvalía municipal, que se paga a las haciendas locales. Se trata del incremento de valor del bien inmueble, que se fija en base a la revalorización del suelo.
El cálculo de la plusvalía municipal varía según el tiempo en el que ese inmueble haya pertenecido a la persona fallecida, con un máximo de 20 años. En base a ese tiempo se aplican varios coeficientes sobre el valor catastral.