El 1 de enero de 2022 entró en vigor la Ley 11/2021, cuyo objetivo es prevenir el fraude fiscal. Dicha ley determinó un nuevo valor de referencia de Catastro, que afecta de forma directa a los los aranceles que deben abonarse cuando se hereda una propiedad. Y es que el valor de referencia del Catastro es la base imponible del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por lo que conocerlo resulta muy importante conocerlo.
Por lo tanto, si has recibido una herencia después del 1 de enero de 2022, continúa leyendo, pues en este post te explicamos qué es el valor de referencia de Catastro y cómo ha cambiado.
Valor de referencia de Catastro: ¿Qué es?
El valor de referencia de Catastro es el valor que la Dirección General del Catastro otorga a un inmueble. Lo hace después de analizar los precios de todas las operaciones de compraventa que se han realizado ante notario, en base a los datos de cada propiedad que aparecen en el Catastro Inmobiliario.
El valor de referencia de Catastro resulta clave respecto a los impuestos relacionados con una herencia, ya que fija la cuota impositiva base que debe abonarse cuando se recibe una herencia, como el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD) y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Antes de que entrara en vigor la nueva ley, el valor de referencia de Catastro se fijaba en base al valor real de la propiedad, mientras que con la Ley 11/2021 se fija en base al valor del mercado. Es por este motivo que se realiza un análisis previo de los precios a los que las propiedades se han vendido ante notario. Además, la nueva ley establece que el valor de referencia de Catastro variará dependiendo de la localidad en la que se encuentre la propiedad, y que se actualizará cada año.
Debe quedar claro en este punto que, en la actualidad, si el precio de escritura de una propiedad es más elevado que el de mercado, las cargas deben aplicarse sobre el precio escriturado, no sobre el de mercado. De lo contrario, se estaría incumpliendo la ley, por lo que Hacienda podría abrir un expediente a las personas implicadas.
¿Cuánto debo pagar con el nuevo valor de referencia de Catastro?
Ya hemos señalado que esta nueva ley solo se aplica a las propiedades heredadas después del 1 de enero de 2022. Si es tu caso y quieres saber cuál es el valor de referencia de Catastro de la vivienda que has heredado, debes acceder a la Sede Electrónica del Catastro, ingresar la dirección y otros datos del inmueble. De esta manera obtendrás el código de referencia catastral, con el que podrás acceder a la sección ‘Consulta de valor de referencia’ (en caso de que tengas el DNI electrónico, la Cl@ve PIN o el certificado digital), para conocer cuál es el valor de mercado de la propiedad.
En el caso de no estar de acuerdo con el valor de referencia de Catastro, existe el derecho a solicitar una corrección de los impuestos de herencia. Sin embargo, para que se pueda proceder a la corrección se debe presentar una prueba válida que demuestre que efectivamente hay un error en el valor de la propiedad.
Préstamos de garantía hipotecaria para hacer frente a los impuestos de herencia
Como hemos citado anteriormente, recibir una herencia supone también la obligación de abonar una serie de impuestos, que están marcados por el valor de referencia de Catastro, que a menudo son muy altos. Por eso hay muchas personas que no se pueden permitir hacer frente a dichos pagos. Sin embargo, existe una alternativa, como es la solicitud de un préstamo para poder recibir una herencia, que ofrece la liquidez necesaria para hacer frente a esos gastos y poder así cobrar la herencia.
Se trata de préstamos de garantía hipotecaria, como los que ofrece Préstamo Digital, a los que se puede acceder tan solo con el DNI o un documento de identificación, un justificante de ingresos estables y una propiedad libre de hipoteca que esté a nombre de la persona interesada en cobrar el préstamo, y que puede ser la propiedad heredada, en caso de que el resto de herederos esté de acuerdo.