El Código Civil español establece que la recepción de una herencia varía en función de si existe testamento o no. Si existe, la herencia será testamentaria, pero si no, la herencia será legítima. En este artículo te explicamos cuáles son las diferencias entre una y otra, qué porcentaje es la legítima de una herencia y cómo se calcula la legítima.
Herencia testamentaria
Cuando una persona fallece, los derechos de sucesión son transmisibles. La herencia la constituyen todos los bienes y derechos de la persona fallecida, además de sus obligaciones.
Antes de fallecer, una persona puede realizar un testamento. En este caso, tras el deceso nos encontraríamos ante un caso de herencia testamentaria y sería recibida por los herederos siguiendo las voluntades de la persona fallecida. Para saber si existe testamento o no, se debe realizar en el Registro de Actos de Última Voluntad, dependiente del Ministerio de Justicia, la solicitud del certificado de últimas voluntades.
Herencia legítima
En los casos en los que la persona fallecida no ha manifestado sus últimas voluntades en un testamento, nos encontraríamos ante una herencia legítima, y se realiza en base a lo estipulado en la ley.
En concreto, es el Código Civil, en su artículo 806, el que establece que una herencia legítima es “la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.
Los herederos forzosos son los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. En caso de no haber hijos y descendientes, los herederos forzosos serían los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. Por último, el viudo o viuda en la forma establecida por el Código Civil..
¿Cómo se calcula la legítima de una herencia?
La legítima de una herencia es la parte que corresponde por ley a los herederos forzosos, a quienes no se les puede privar de su parte. En el caso de los hijos y descendientes, la legítima herencia representa las dos terceras partes de los bienes de su progenitor. Además, estos pueden disponer de una de esas dos partes para aplicarla como mejora a los hijos o descendientes, algo que se denomina como “tercio de mejora”. Si quieres conocer cómo se calcula el tercio de mejora, es muy sencillo, puesto que solo debe determinarse cuál es el total de la herencia y dividirlo entre tres.
Cuando los herederos forzosos son los padres o ascendientes, ¿qué porcentaje es la legítima? En este caso sería la mitad de la herencia de los hijos o descendientes.
Por último, cuando la persona fallecida es el cónyuge, a la viuda o viudo le correspondería como porcentaje de la legítima un tercio de la herencia.
El resto de la herencia es de libre disposición, por lo que el testador puede hacer con ella lo que quiera, desde dejárselo a otra persona, sea familiar o no, como donarlo a cualquier institución.
Para calcular la legítima herencia, el primer paso a seguir es determinar cuáles son los bienes que conforman la herencia y su valor. También debe tenerse en cuenta cuáles son las cargas y las deudas de la persona fallecida, y si esta ha donado bienes en vida a alguno de los herederos. Estos últimos computarían en la herencia como “bienes colacionables”.
Una vez tenemos todos estos datos, se asigna a cada heredero la parte que le corresponde. Sin embargo, a menudo recibir una herencia no supone una ganancia económica para los herederos, debido a que el Impuesto de Sucesiones y otras tasas son elevadas en España.
Si es tu caso y no puedes asumir los costes de recibir una herencia, un préstamo de capital privado puede ser la solución perfecta para acceder a ella.